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Nuevo Código Penal endurece sanciones contra empresas y sus directivos

Ley 74-25 amplía responsabilidad penal de empresas y directivos

A partir de agosto entrará en vigencia la Ley 74-25, que instituye el nuevo Código Penal y amplía de forma significativa la responsabilidad penal de las personas jurídicas —empresas, asociaciones comerciales y fundaciones—, así como la de sus propietarios, gerentes y representantes. Este cambio marca un punto de inflexión en el sistema legal dominicano, al colocar bajo mayor escrutinio las actuaciones empresariales y su impacto en la sociedad.

La normativa establece que los propietarios y gerentes podrán enfrentar condenas de hasta cinco años de prisión por actos u omisiones derivados de imprudencia, negligencia o falta de cuidado que ocasionen daños o la muerte de personas. En la práctica, esto obliga a las empresas a revisar con mayor rigor sus procesos internos, algo que hasta ahora solo era exigido en sectores específicos.

Un cambio legal que eleva las exigencias

Hasta el momento, solo leyes especiales —como las vinculadas al medio ambiente— contemplaban sanciones penales para directivos empresariales. Sin embargo, el nuevo marco legal establece que una empresa será penalmente responsable si se comprueba que incurrió en inobservancia de reglamentos, inadvertencia o violación del deber de cuidado.

Este enfoque amplía el alcance de la ley y envía un mensaje claro: la gestión empresarial ya no se limita a lo administrativo o financiero, sino que implica una responsabilidad directa sobre la seguridad y el bienestar colectivo. Es, en esencia, un cambio que empuja a las organizaciones hacia una cultura de mayor transparencia y cumplimiento normativo.

Dueños de inmuebles también enfrentan sanciones

La Ley 74-25 también introduce sanciones más severas para los propietarios de inmuebles destinados a actividades comerciales, espectáculos, hospedaje o estacionamientos. En estos casos, las penas pueden alcanzar hasta diez años de prisión si, por torpeza o negligencia, se producen muertes o daños graves.

Este punto amplía considerablemente el espectro de responsabilidad, ya que no solo impacta a grandes empresas, sino también a propietarios individuales. La medida refuerza la idea de que cualquier actividad económica conlleva un deber ineludible de garantizar condiciones seguras.

Cumplimiento normativo como clave para evitar sanciones

Uno de los aspectos más relevantes del nuevo Código es que la responsabilidad puede ser atenuada si la empresa demuestra que cuenta con programas efectivos de cumplimiento y sistemas de gestión de riesgos penales. Esto incluye mecanismos verificables para prevenir infracciones y actuar de manera inmediata ante cualquier irregularidad.

Expertos como el abogado Miguel Valerio explican que la sanción a los directivos dependerá de que se demuestre una participación conjunta en la infracción, mientras que el jurista Robinson Reyes señala que los responsables directos suelen ser quienes ejecutan las operaciones dentro de la empresa. Entre las sanciones más severas para las personas jurídicas figuran la disolución o la suspensión temporal.

En este contexto, la nueva legislación no solo endurece las penas, sino que redefine la forma en que las empresas deben operar, obligándolas a adoptar una visión más preventiva. En un entorno donde los errores pueden tener consecuencias penales, el cumplimiento deja de ser una opción y se convierte en una necesidad estratégica.

Por: VisionGlobalPress

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